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El TC obliga a reformar el impuesto de plusvalía municipal
El Tribunal Constitucional acaba de dictar una Sentencia que abre grandes posibilidades de impugnación de liquidaciones o autoliquidaciones por Arbitrio Municipal de Plusvalía (Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana) en las que no se haya producido un aumento del valor del terreno al momento de su transmisión, si lo comparamos con su valor real de adquisición.
Aunque la Sentencia se refiere a la normativa de Guipúzcoa y no concreta sus efectos temporales, las posibilidades de impugnación y recuperación del impuesto pagado o por pagar son elevadas, siempre que no haya existido aumento de valor, en todas las liquidaciones futuras del Impuesto, en todas las autoliquidaciones respecto de las que no hayan pasado más de 4 años, y en todas las autoliquidaciones o liquidaciones respecto de las que exista un procedimiento no concluido y firme.