Tax Alert: Análisis de la Sentencia del Tribunal Supremo del 20 de junio de 2022

Tax Alert: Análisis de la Sentencia del Tribunal Supremo del 20 de junio de 2022

El Tribunal Supremo en su Sentencia de fecha 20 de junio de 2022 vuelve a corregir a la Dirección General de Tributos en relación a la controvertida exención por trabajos realizados en el extranjero prevista en el artículo 7.p) de la Ley de IRPF, considerando que los administradores y miembros del Consejo de administración sí pueden aplicar la presente exención siempre que se cumplan los requisitos exigidos por el citado artículo.

Si bien la Sentencia no tiene por objeto el determinar que tipo de trabajos podrían beneficiarse de esta exención, resulta importante traer a colación otra reciente Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 22 de marzo de 2021, por la que concluía que “la mera participación en los consejos de administración de la filial extranjera en representación de la sociedad matriz no son aptos para aplicar la exención del artículo 7.p) LIRPF”.

Como consecuencia de la Sentencia del 2021, la aquí comentada y la remisión que el propio artículo 7.p) LIRPF hace al artículo 18.5 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, respecto de las labores de supervisión y control del accionista (servicios que no producen una ventaja o utilidad a la filial extranjera) no estarían amparados en la exención del 7.p LIRPF.

Mazars está a su disposición para analizar el impacto que las citadas Sentencias del Tribunal Supremo puedan tener en su caso concreto, y en particular para analizar el cumplimiento de todos los requisitos contemplados en el artículo 7.p) LIRPF para aplicar la exención en ejercicios futuros y en ejercicios anteriores no prescritos. En este último supuesto, Mazars podría asistirles en el inicio de un procedimiento de rectificación de autoliquidación del IRPF con solicitud de devolución del impuesto que se hubiese pagado en exceso.

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Pilar Boria