Las empresas no podrán despedir disciplinariamente abrir un trámite de audiencia previo
Las empresas no podrán despedir disciplinariamente: previamente deben abrir un trámite de audiencia
El Tribunal Supremo resuelve que se debe de ofrecer a la persona trabajadora la posibilidad de defenderse de los cargos imputados, antes de adoptar la extinción del contrato de trabajo por despido disciplinario.
En fecha 18 de noviembre de 2024 ha sido publicada Sentencia de Sala de lo Social del Tribunal Supremo que, reunida en Pleno y por unanimidad, ha resuelto que el empleador debe de ofrecer a la persona trabajadora la posibilidad de defenderse de los cargos que se le imputen, antes de adoptar la extinción del contrato de trabajo por despido disciplinario.
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